La justicia constitucional resolvió que decisiones sobre personal de Cancillería se enmarcan en la Ley

La Paz, 3 de julio 2023.- El Tribunal Constitucional Plurinacional determinó mediante los fallos SCP N° 1189/2022-S4 de 19 de septiembre de 2022 y SCP N°1258/2022-S4 de 26 de septiembre de 2022, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia procedió de acuerdo a las leyes en vigencia, para desvincular a funcionarios que fueron designados por libre nombramiento, que no tenían un estatus de servidores con carrera institucional, informó el Director Jurídico de Cancillería, Bernardo Ortíz Cortéz.

“Todas las desvinculaciones que se realizaron en el Ministerio de Relaciones Exteriores estuvieron enmarcadas en la normativa vigente y tomando en cuenta la situación particular de cada persona“, aseguró el funcionario jurídico, con relación al comunicado hecho público hoy de exservidores que anuncian una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Añadió que los mismos tienen la libertad de acudir a todas las instancias jurídicas, sean nacionales o internacionales, para poder hacer valer sus derechos si aprecian que han sido vulnerados, pero aclaró que la Comisión IDH acepta demandas contra Estados por supuesta vulneración de derechos, no en contra de personas individualizadas y que, ante esto, Bolivia responderá de manera oportuna.

“Consideramos que en el caso presente el Ministerio de Relaciones Exteriores ha obrado conforme a las prerrogativas establecidas en la Ley, así lo ha señalado en una serie de pronunciamientos emitidos por Tribunales de Garantías que han sido ratificados por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, precisó Ortíz Cortéz.  

Acotó que hasta ahora se han conocido dos sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, que dejan establecido que los ex servidores públicos-accionantes no formaban parte del escalafón diplomático porque no contaban con una evaluación del Consejo Evaluador y Calificador de Méritos establecido por la Ley 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia.

Finalmente, recordó que el año 2020 durante el periodo de ruptura constitucional intentaron implementar un escalafón diplomático que no era inclusivo y que no respetaba derechos básicos como la igualdad, a través del Decreto Supremo 4240, que fue declarado inconstitucional mediante la Sentencia 16/2021 por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

“En conclusión es importante aclarar que actualmente en Cancillería no existen servidores públicos con carrera diplomática. En la actual gestión se está trabajando en un escalafón diplomático que sea inclusivo y pueda dar la oportunidad a cualquier ciudadano o ciudadana de trabajar por su país en el servicio exterior o en las oficinas centrales del Ministerio de Relaciones Exteriores”, concluyó el Director Jurídico Bernardo Ortíz Cortéz. 

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